El IBI se exigirá con arreglo a lo dispuesto en los artículos 60 a 77, ambos inclusive, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en la legislación estatal relativa al Catastro Inmobiliario y en la presente Ordenanza.
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01.03 Anuncio de aprobación inicial en BOP OF IBI | 84,75 KB | |
01.02 Exposión pública y audiencia previa Ordenanza Fiscal IBI | 176,11 KB | |
01.01 Anuncio de consulta previa IBI | 74,17 KB |
El Impuesto sobre Actividades Económicas se exigirá conforme a lo dispuesto en los artículos 78 a 91 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en los Reales Decretos Legislativos 1175/1990 y 1259/1991 por los que se aprueban las tarifas del impuesto y las instrucciones para su aplicación, en el Real Decreto 243/1995 por el que se dictan normas para la gestión del impuesto y en la presente Ordenanza.
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02.03 Anuncio de aprobación inicial en BOP IAE | 85,23 KB | |
02.02 Exposición pública y audiencia previa IAE | 178,64 KB | |
02.01 Anuncio de consulta previa IAE | 82,19 KB |
El ICIO se exigirá con arreglo a lo dispuesto en los artículos 100 a 103, ambos inclusive, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en la legislación estatal relativa al Catastro Inmobiliario y en la presente Ordenanza.
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03.03 Anuncio de aprobación inicial en BOP ICIO | 84,89 KB | |
03.02 Exposición pública y audiancia previa ICIO | 168,67 KB | |
03.01 Anuncio de consulta previa ICIO | 82,35 KB |
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana se aplicará conforme a lo dispuesto en los artículos 104 a 110, ambos inclusive, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en la presente Ordenanza.
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04.03 Anuncio de aprobación inicial en BOP IVTNU | 85,01 KB | |
04.02 Exposición pública y audiencia previa IVTNU | 182,79 KB | |
04.01 Anuncio de consulta previa IVTNU | 82,92 KB |
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica se regirá en este municipio:
a) Por las normas reguladoras del mismo, contenidas en los artículos 92 a 99, ambos inclusive, del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y por las demás disposiciones legales y reglamentarias que complementen y desarrollen dicha Ley.
b) Por la presente Ordenanza Fiscal.
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05.03 Anuncio de aprobación inicial en BOP IVTM | 85,95 KB | |
05.02 Exposición pública y audiencia previa IVTM | 163,51 KB | |
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En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo establecido en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece las Contribuciones especiales, que se regirán por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 133 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004.
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06.03 Anuncio de aprobación inicial en BOP Contribuciones Especiales | 84,77 KB | |
06.02 Exposición pública y audiencia previa Contribuciones Especiales | 164,07 KB | |
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